A lo largo de la app del presente convenio colectivo se sustituye el concepto de dieta por el de costos de viaje justificados establecidos por la compañía. El plantel de Redacción que preste servicios en régimen de libre disposición percibirá, en término de «Agregado de Libre Predisposición», las cantidades que se fijan en las tablas salariales anexas. Son trabajadores casuales por situaciones de la producción aquellos contratados para efectuar una actividad excepcional o ocasional, por un plazo máximo que no exceda de 6 meses en un período de doce meses, con una sola prórroga de contrato. Las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo configuran un todo orgánico, y a efectos de su app práctica van a ser consideradas globalmente.
Todo el plantel tendrá derecho a gozar, predominantemente en verano, de 25 días laborables de vacaciones anuales retribuidas. En ningún caso estas vacaciones podrán ser compensadas a nivel económico, con excepción de los supuestos prevenidos en la legislación vigente. En el caso de que no se llegara a un acuerdo en la elaboración del calendario laboral, sería la compañía la que establecería el calendario siguiendo criterios de organización del proceso productivo y respetando en cualquier caso los derechos de la gente trabajadoras. En estos supuestos de falta de acuerdo, cualquiera de las partes podrá solicitar la intervención de la Comisión Igualitaria para mediar en la solución del acuerdo. Los trabajadores/as podrán emplear para su movimiento al centro de trabajo exactamente el mismo vehículo que utilicen la gente con discapacidad, siempre y cuando dispongan del número de asientos suficientes.
En los casos de nacimientos de hijos o hijas prematuros o que, por cualquier causa deban mantenerse hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre van a tener derecho a ausentarse del trabajo a lo largo de una hora. Además, tendrán derecho a reducir su jornada laboral hasta un máximo de 2 horas, con la disminución proporcional del salario. Para el disfrute de este permiso se estará a lo sosprechado en el apartado 5 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Durante el primer año va a tener derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
Asamblea De La Comisión Negociadora Del Xvi Ccg De Centros Y Servicios De Atención A Personas Con Discapacidad
Terminado este periodo, la víctima va a poder elegir entre el regreso a su puesto previo o la continuidad en el nuevo. En este último caso, decaerá la citada obligación de reserva. En caso de que el propósito del cliente, al rescindir el contrato de adjudicación del servicio de que se trate, por cualquier causa, fuera el de realizarlo con personal propio pero de novedosa contratación, quedará obligado a incorporar a su plantilla a los trabajadores/as afectados/as de la empresa hasta el momento prestadora de tal servicio.
Cuando se produzca la demanda y promoción de un Convenio colectivo de ámbito inferior, el presidente de la comisión negociadora que se constituya remitirá copia de la denuncia, de la promoción y del acta de la constitución de la comisión negociadora a la comisión igualitaria del XV Convenio colectivo general. En el momento en que concluya el proceso de negociaciones deberá enviarse a la comisión paritaria del XV Convenio colectivo general una copia del acuerdo o del Convenio firmado con nota de su registro y depósito. Centros y servicios de ocio y momento de libertad inclusivo para personas con discapacidad.
Atención A La Discapacidad
Este tiempo va a poder ser computado en el tiempo dedicado a formación. El plantel que preste sus funcionalidades en horas nocturnas, o en otro horario no coincidente con las horas en que se organicen las acciones formativas, no se van a ver discriminados por tal motivo con respecto al resto de trabajadores. Tendrán por consiguiente derecho asimismo a las 25 horas de capacitación dentro de su día si bien no coincidan con las horas presenciales de formación. La compañía acordará con el trabajador la concreción de la compensación en horas retribuidas de reposo que le sea correcto.
Cuando se genere un incremento del Salario Mínimo Interprofesional que situé éste sobre los 900 euros/mes (12.600 €/año) referido a la jornada legal de trabajo, la Comisión Negociadora se reunirá, en el plazo no mayor a un mes desde la publicación en el BOE, para realizar los cambios que sean necesarios en las tablas salariales. Finalizada la vigencia del Convenio, las tablas fijadas en el presente Convenio se actualizarán como determinen las partes negociadoras para periodos sucesivos de tres años conforme al IPC acumulado en el periodo de tiempo anterior garantizándose en cualquier caso un incremento mínimo del 3,75 % para el periodo de tiempo de tres años, sobre el salario base, independientemente de la evolución del IPC. En el caso de que las partes no consigan un convenio en el período de tres meses se procederá a la actualización de las citadas tablas aplicando un 50 % del porcentaje pertinente al IPC acumulado al incremento del salario base y otro 50 % al aumento por igual de los escenarios de avance, garantizándose en todo caso un incremento mínimo del 3,75 % sobre el salario base. La empresa facilitará por escrito tanto a los trabajadores afectados como a los representantes de los trabajadores los criterios fijados en la misma por el que se establece el orden de llamamiento a la actividad.
Períodico Oficial De Galicia Nº 84 Del 03/05/2017
Fotocopia de los TC-1 y TC-2 de cotización a la Seguridad Popular de los tres últimos meses. C) Trabajadores/as que reemplazen a ciertos trabajadores nombrados en el apartado previo. Artículo 26.
La entrada en vigor del mismo será al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En esos productos para los que se acuerde otra vigencia se expresará la fecha de entrada en vigor en el mismo. El presente Convenio colectivo se va a aplicar con carácter supletorio y complementario a los Convenios colectivos actuales de compañía o grupos de compañía o empresas enlazadas. Fundaciones y entidades que desempeñan la tutela, curatela u otros apoyos establecidos por decisión judicial, de personas con discapacidad.
Ugt Gana La Sentencia De La Audiencia Nacional Del Producto 321 Del Convenio De Discapacidad
En caso de que ambos progenitores trabajen, el permiso se distribuirá a opción de los apasionados, que podrán gozarlo de manera simultánea o sucesiva, siempre y en todo momento con periodos ininterrumpidos. Estos días de libre predisposición se regularán de conformidad con lo predeterminado para los días de temas propios, debiendo ser disfrutados, en cualquier caso, dentro del año natural. En los casos de intervención quirúrgica, hospitalización o enfermedad grave, el inicio del disfrute de estos días no deberá coinicidir necesariamente con el hecho causante, pero deberán disfrutarse de manera continuada, no pudiendo distribuirse de manera fraccionada. E) 7 días naturales en las situaciones de patología grave u hospitalización, intervención quirúrgica o fallecimiento de hijos, cónyuge o pareja de hecho legalmente acreditada. B) 15 días naturales en caso de separación legal o divorcio, desde la presentación de la demanda.