Tienes que solicitar la incapacidad e ir hasta el final con ello . ¿Qué ocurre si tras estar de baja 545 no tienes el suficiente tiempo cotizado como para una incapacidad persistente?. En el post no nos referimos a las altas médicas como tal, sino las similares con el aspecto laboral.
No capaz, la persona trabajadora no puede efectuar todas o la mayor parte las tareas de su puesto lo que ordena a la empresa a darle otro puesto o a efectuar un despido objetivo con los derechos que mucho más adelante detallaremos. SUBSID.P.DIREC.EEGG/MUT./EMPR.COLAB» desde dicho día 13 de octubre mis inquietudes son si debería cobrar algúna prestación o subvención por incapacidad temporal al no tener derecho a paro y si de ser de esta forma habría de ser con carácter retroactivo desde dicho día 13 de Octubre. Dicha reclamación debe interponerse en oposición al INSS en el período de los 11 días siguientes a la notificación de la resolución, suspendiéndose asimismo los efectos del alta médica. De este modo las cosas, si te hallas en esta situación y sientes que todavía no puedes reincorporarte a tu puesto, te enseñamos de qué manera accionar para impugnar el alta médica, los procedimientos que se deben llevar a cabo y los plazos. Estoy muy angustiada puesto que el 24 de octubre recibo la notificación de resolución de alta por el INSS con fecha del 14 de octubre.
Deja Un Comentario Anular La Respuesta
Este trámite es esencial y sí, debes entregar esa documentación. Tras darme el alta el insta los 18 meses,me reportan 2 meses y 20 días que mi solicitud de incapacidad persistente esta siendo gestionada y me piden documentos , como libro de familia e identidad del grupo familiar y me extraña puede ser ya que impune el alta ,no se que significa . En el caso de que nos afirme que ciertamente nos proporciona el alta, vamos a deber interponer demanda en el plazo de 20 días hábiles desde el momento en que nos haya notificado la resolución de esa reclamación previa. Apto con restricciones, la persona trabajadora puede trabajar en su puesto pero con alguna limitación que obliga la compañía a adaptar el puesto de trabajo o limitar las funciones a efectuar. En el caso de que no exista esa adaptación en el momento en que de esta manera lo ha predeterminado el servicio de prevención, habría que interponer una demanda de derecho o aun de extinción en virtud del producto 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Si la incapacidad permanente es revisable, la resolución señalará el plazo máximo de revisión y la relación laboral quedará suspendida. Cuando la incapacidad peramente sea estable, sin revisión, se extinguirá la relación laboral. Tras ello, en el caso de confirmarse el alta, se abre la vía judicial, pero el trabajador debe reincorporarse al trabajo hasta que la sentencia revoque el alta médica. Luego la persona que se proponga impugnar el alta médica habrá de acreditar el cumplimiento, a la fecha del alta, de los 2 requisitos previamente expuestos, aportando documentación médica acreditativa de ello. Manifestar la desunión en período, a través del trámite procesal oportuno, aportando reportes médicos que justifiquen la revisión de la opinión.
¿debo Reincorporarme Al Trabajo Si Me Dan El Alta Médica?
EN los juicios de impugnación de alta médica es requerida la TGSS y, por ende, la TGSS avisa al SEPE lo ocurrido. No obstante, es conveniente ir y que te resuelvan todas las inquietudes sobre la situación. No obstante, sí que tienes que solicitar la incapacidad permanente, que al perecer ha sido iniciada de oficio por el INSS. Este trámite es esencial y sí, tienes que entregar esa documentación. Tras darme el alta el insta los 18 meses,me informan 2 meses y 20 días que mi petición de incapacidad permanente esta siendo gestionada y me solicitan documentos , como libro de familia e identidad del grupo familiar y me extraña puede ser pues impune el alta ,no se que significa . Otra baja no te pueden ofrecer, lo que tienes que llevar a cabo es continuar adelante con esa impugnación sirviéndote de informes médicos.
Primero de todo no va a ser ya necesario agotar la vía previa con esa reclamación anterior de la que hemos venido hablando, pero es conveniente hacerlo. En un caso así seguiremos de baja hasta el momento en que el INSS nos notifique su resolución. Lo primero a tener en cuenta es que a partir de los 12 meses de baja, quien va a administrar en este momento todo es el INSS, la mutua de trabajo ahora no tiene poder de decisión. Este organismo pasará a ser el que decida que sigas de baja pasado ese año, y el que emitirá el alta a partir de ese periodo, con un límite de 180 días. Igualmente, estos plazos son para interponer la reclamación anterior. Una vez nos llegue la resolución, si ésta es denegatoria, es decir, que proseguimos de alta, vamos a tener 30 días hábiles para reclamar ahora a través de demanda ante el Juzgado.
He tenido hoy la visita al EVI por una impugnación de un alta de recíproca por incidente laboral, la doctora que me atendió me dejó caer que le darán la razón a la recíproca y que si no estoy de acuerdo que recurra al juzgado. Una impugnación de alta laboral, como has podido inferir en el blog, pasados 18 meses, no tiene herramienta, no puede existir un alta con duración mayor. Como viste en el producto, el no seguir realizando un trabajo en el instante en que se impugna un alta es SOLAMENTE en el momento en que este alta la emite la recíproca, nunca en el instante en que la emite el INSS. Si no es tu caso, te remito a nuestro artículo sobre el silencio administrativo. Si deseas impugnar el alta médica, te recomendamos que te pongas instantaneamente en contacto con un letrado experto en incapacidad laboral que te guíe y te asesore durante todas las fases del proceso y sobre los informes médicos que deberías presentar, tal como sobre la necesidad de un peritaje médico. No sé qué abogado te habrá aconsejado impugnar un alta médica de 18 meses, pero está perdido (es el máximo legal).
¿Cómo Puedo Impugnar El Alta Médica Del Inss?
Y no, no se generan vacaciones porque no has trabajado ese periodo, aunque hay compañías que lo pasan por alto. En esos casos, se le asignará una pensión del 55%, 75% o 100% dependiendo de su grado de incapacidad y de su edad. Si el trabajador aún tiene síntomas propios de la enfermedad o lesión, más allá de la molestia que piensa trabajar con sintomatología, piensa un riesgo de empeoramiento o recaída. Ello piensa que habrá de valorarse si la persona beneficiaria de IT está o no capaz para trabajar y, si no lo estuviese, si el régimen que está recibiendo es paliativo o curativo y, en este último caso, si podrá mejorar su estado para hacer posible su reincorporación. En el caso de que sean diferentes lesiones, aunque no hayan pasado 180 días, también procedería un nuevo reconocimiento y deberían cumplirse los requisitos mencionados.
No obstante, la «baja» o incapacidad temporal no es algo que puedas agotar sin fin si tu dolencia no se prevé vaya a mejorar. O sea, si yo tengo unas dolencias que por varios días de baja que venga no va a curarse o que requiera un intérvalo de tiempo de curación más amplio que año y medio, lo que debo soliciar no es una baja, sino más bien una incapacidad permanente. Otro aspecto a tener en consideración es quién está administrando nuestra baja; normalmente lo será la mutua en el caso de accidentes laborales, y el INSS (o el servicio público de salud de la Red social Autónoma en cuestión) en el caso de patología común.
Prórroga De La Baja Mientras Se Soluciona La Impugnación Del Alta
Ayer recibí un sms del inss en el que me indican el alta para mañana día 21 y me debo integrar el sábado 22. Todavía no se habían cumplido los 180 días como máximo de la prórroga. Si deseas mucho más información, puedes pedirnos una solicitud en línea sin compromiso. Pero la baja no puede prorrogarse mucho más de año y medio (18 meses, 540 días).
Estoy preocupadísima, por favor necesito asistencia urgente. Salvo en los trámite particulares de desacuerdo o revisión, el trabajador tiene la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo. En estos casos, lo más recomendable es pedir unos días de vacaciones mientras se soluciona la reclamación.